En estos momentos de gran incertidumbre tanto en materia sanitaría como económica, en la que todos los españoles estamos pendientes del COVID-19 y en una situación en la que ninguno de nosotros jamás pudo imaginarse, nos ha hecho replantearnos muchas cosas a nivel personal y humano. Los españoles una vez más estamos dando la talla a casi todos los niveles, en particular me gustaría agradecer infinitamente si me lo permitís, la gran labor que están realizando nuestros servicios sanitarios, cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y por no extenderme, a todo aquel que se dedica a sumar en esta gran lucha en la que nos encontramos y de la que seguro saldremos fortalecidos y sobre todo más humanizados.
En estos momentos tan duros, los contribuyentes no estamos para pensar en la declaración de la renta, pero el actual gobierno ha decidido arrancar la campaña en las fechas que tenía previstas, esto es desde el día 1 de abril, y terminará el 30 de junio. Ya que el Real Decreto-ley 8/2020 no aplica para la campaña de renta.
Cabe recordar que el pasado día 14 de marzo se declaró el estado de alarma por un periodo de 15 días, ya prorrogado hasta el 11 de abril y que bajo mi percepción se seguirá ampliando hasta finales del mes de mayo. Esta situación lleva a pensar que las delegaciones de hacienda permanecerán cerradas por el confinamiento de la población y que de cumplirse mi predicción se trastocaría toda la maquinaria que año tras año realiza la agencia tributaria con las citas previas, para que los contribuyentes que lo deseen, puedan realizar la declaración con la ayuda del empleado público. Ya que los plazos se acortarán debido al mencionado estado de alarma.
Las fechas que maneja la hacienda pública se las adjunto en este cuadro:
- 01-04-2020: Inicio de la presentación de Renta y Patrimonio 2019.
- 05-05-2020: Solicitud de cita previa: Plan “LE LLAMAMOS” para confección en oficinas.
- 07-05-2020: Inicio de la atención telefónica: Plan “LE LLAMAMOS”.
- 13-05-2020: Inicio de la atención presencial en oficinas.
- 25-06-2020: Fecha límite de domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar.
- 29-06-2020: Último día para solicitar cita previa.
- 30-06-2020: Último día para presentar declaraciones de Renta 2019 y Patrimonio 2019.
- 05-11-2020: Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de Renta.
Según el siguiente calendario y después de pedir la cita previa que se puede realizar por internet, o llamando a los teléfonos 901 12 12 24/91 535 7626 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71. En el Plan “LE LLAMAMOS” se pondrán en contacto telefónico con el interesado para la elaboración y presentación de la declaración de la renta.
Desde mi experiencia profesional yo solo recomendaría esta situación para las “rentas más sencillas” en las que prácticamente hay que confirmar el borrador.
Como en años anteriores, les recuerdo, que los contribuyentes que hayan percibido rentas iguales o inferiores a 22.000 € anuales y que tengan un único pagador, no tendrán obligación de presentarla, aunque siempre conviene. Y recomiendo comprobarlo. El límite se fija en 14.000 € si los rendimientos proceden de más de un pagador, en este sentido pongo un ejemplo para aclarar que cuando se recibe el subsidio por desempleo y a la vez existe otro pagador con el que se cobra una cantidad superior a 1.500€ anuales.
Desde Criptoro os recomendamos que, en este ejercicio, preparéis y presentéis la declaración de la renta cuanto antes, ya que casi el 70% de las declaraciones de la renta salen a devolver y ese es el motivo que esgrime el Ministerio de Hacienda para mantener el calendario de renta. Así que es una buena forma de paliar la falta de ingresos que por causa del confinamiento estamos dejando de percibir y este año más que ninguno hay que analizar “con cariño” todas las deducciones posibles y para ello vamos a estar a vuestra disposición los asesores fiscales, ya que a diferencia de los empleados públicos, nosotros sí nos preocupamos por optimizar la declaración de la renta y que la misma sea lo más favorable posible al contribuyente aplicando siempre las normas fiscales y más en estos momentos tan desfavorables para la economía doméstica de todos los contribuyentes.
Este post da el pistoletazo de salida a la campaña de renta, y en próximos días os iré adelantando otros artículos relacionados con la tributación de las criptomonedas ya que según datos de hacienda están aumentando exponencialmente los españoles que compran o invierten en criptoactivos. Así como también hablaremos de otros productos financieros como los CFDs.
No dudes este año más que nunca en consultar a un profesional para la realización de tu renta. En Criptoro estaremos encantados de atenderte DE UNA MANERA PERSONAL Y PROFESIONAL ya que desde Criptoro nuestra misión es “garantizar, con la máxima calidad, el acceso de nuestros servicios a todos los hogares y empresas del mundo entero”.
No quiero despedirme sin antes recordar que la declaración de la renta podrá ser abonada de manera tradicional, con euros, pero además Criptoro nos ofrece la novedad de permitirnos tanto para este como para otros servicios y productos propios, el pago mediante criptoactivos, como pueden ser bitcoin o ethereum entre otros. Entramos así en la era digital incluso para la declaración de la renta.
Para más información y consulta nos puedes escribir a fiscal@criptoro.com
Fernando Arribas
CFO Criptoro
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